¿Qué NO hacer, cuando tienes varias deudas en mora?
Escrito por: Cesar David Gordillo
Introducción
Por lo general, cuando las personas entran en mora con una o varias deudas, suelen tomar las siguientes decisiones:
Destapar un hueco para tapar otro.
Este es un hábito que consiste en cubrir la obligación con otro crédito que por lo general se entrega a una tasa de interés superior, siendo el caso, los avances con tarjeta de crédito, el empeño de bienes muebles en prenderías o el endeudamiento con familiares o particulares, lo cual hará que el hueco inicial crezca por cuanto aumenta la deuda.
Refinanciar la obligación.
Aunque este tipo de ejercicio nos permite ganar tiempo para cubrir la obligación vencida, en la mayoría de oportunidades pagarás una tasa de interés superior a la que traías, así como eventuales costos de seguro más altos, toda vez que la entidad financiera percibe un mayor riesgo para recuperar el dinero que te prestó.
Hacer abonos parciales a las cuotas en mora.
En el caso de las entidades del sector financiero te reciben cualquier abono que hagas, pero si con este no cubres la totalidad de la cuota, quizás solo este pagando gastos de cobranza (honorarios de abogado), intereses corrientes y de mora, razón por la cual, tu deuda continuará en el mismo monto o la reducción de la misma podría ser insignificante.
Entregar dinero a terceras personas para que negocien las deudas.
Algunas empresas en Colombia ofrecen este servicio, el cual NO recomendamos, pues cobran una intermediación alta por sus servicios y se corre el riesgo de que se apropien del dinero que habías destinado para pagar. De otra parte, no pueden garantizar que la negociación sea efectiva. Por ello, siempre entrega el dinero directamente al acreedor.
¿Entonces, cuáles son mis alternativas?
Si eres una persona natural no comerciante y tienes más de dos deudas con mora superior a 90 días o dos o más procesos judiciales o coactivos, te recomendamos acogerte al proceso de insolvencia de persona natural no comerciante, regulado en la Ley 1564 de 2012, a través del cual podrás obtener beneficios como:
- Continuar viviendo dignamente, dejando un dinero disponible para el pago de las deudas.
- Condonación o exoneración en el pago de gastos de cobranza, intereses corrientes y de mora.
- Plazo amplio para pagar el capital de la obligación.
- Suspensión de los procesos judiciales o coactivos en curso.
- Organizar las finanzas personales mediante el pago de una cuota para todos los acreedores.
Cesar David Gordillo Vidales
Abogado conciliador; Director del Centro de Conciliación Solucionar; Especialista en Resolución de Conflictos; Gerencia de Empresas; Gestión de Empresas; Magister en Gobierno, candidato a Doctor en Derecho, con más de 20 años de experiencia.
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